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¿Qué obligaciones fiscales tiene tu SL desde el primer día?

Constituir la empresa es solo el principio: estas son las obligaciones que arrancan desde el alta.

Una Sociedad Limitada tiene obligaciones fiscales desde el momento en que se constituye, independientemente de si ha facturado o no. Conocerlas de antemano te evita sorpresas y sanciones innecesarias en los primeros meses de vida de tu empresa.

Uno de los errores más comunes entre quienes constituyen su primera SL es pensar que las obligaciones fiscales empiezan cuando la empresa empiece a facturar. No es así.

Desde el momento en que tu sociedad queda inscrita en el Registro Mercantil, nace como sujeto fiscal con obligaciones propias. Estas son las principales:

IVA (modelo 303): Si tu actividad está sujeta a IVA, la sociedad tiene que presentar la declaración trimestral aunque no haya emitido ni una sola factura. Una declaración en cero sigue siendo una declaración obligatoria.

Impuesto de Sociedades (IS): Es el equivalente al IRPF para empresas. Se presenta una vez al año, pero durante el ejercicio hay que hacer pagos fraccionados a cuenta. Las empresas de nueva creación tributan al 15 % durante los dos primeros ejercicios con base imponible positiva.

Retenciones (modelos 111 y 115): Si la empresa tiene empleados o paga alquileres, tiene que ingresar las retenciones correspondientes cada trimestre.

Declaración anual de operaciones (modelo 347): Si hay operaciones con terceros que superen los 3.005,06 € al año, hay que declararlas.

Puede parecer mucho, pero con una asesoría que lleve el día a día de tu empresa, ningún plazo se te escapa. En Asesorus nos encargamos de todas las presentaciones periódicas desde el primer día para que puedas centrarte en hacer crecer tu negocio.